El Gobierno adapta el marco aplicable a las especificidades de las startups, en el ámbito administrativo, fiscal, civil y mercantil, con el fin de apoyarlas a lo largo de su ciclo de vida, en particular, en sus primeras etapas.
La entrada en vigor de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (conocida como “Ley Crea y Crece”) y la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (conocida como la “Ley de Startups”), pretende adaptar nuestro ordenamiento jurídico en materia de creación de negocios a los requisitos de simplificación de procedimientos y fomento institucional del emprendimiento e inversión que se exigen tanto a nivel internacional, como nacionalmente por los sectores más afectados.
La Ley 28/2022, ha entrado en vigor el 23 de diciembre; si bien las principales novedades fiscales y administrativas serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2023.
Con esta nueva ley, el Gobierno adapta el marco aplicable a las especificidades de las startups, con el fin de apoyarlas a lo largo de su ciclo de vida, y en particular en sus primeras etapas. Para ello, impulsa la creación y crecimiento de las empresas emergentes innovadoras de base digital y alto crecimiento y refuerza las medidas para atraer talento e inversores internacionales, respondiendo a la singularidad de este tipo de empresas y a las principales demandas del sector.
Conjuntamente con la Ley Crea y Crece y en el mismo contexto, se promulga la Ley de Startups, consistente en una multitud de adaptaciones y novedades normativas del actual ordenamiento jurídico para adecuarlo a las características específicas de estas empresas, de sus fundadores y de los nómadas digitales que desean establecerse en España.
En particular y como carácter introductorio, esta Ley define y establece los requisitos para considerar una empresa como emergente (o startup), requiriendo, entre otros:
– tener menos de 5 años o 7 si es una empresa de biotecnología, energía, industriales o de otros sectores estratégicos;
– no provenir de fusiones, escisiones o transformaciones de empresas no emergentes;
– albergar una sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España;
– disponer del 60% de su plantilla con contrato laboral en España. En las cooperativas se computarán dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de naturaleza societaria;
– ser un proyecto de emprendimiento innovador con modelo de negocio escalable
– no distribuir dividendos o retornos en el caso de cooperativas y
– no cotizar en mercados secundarios
y que su modelo de negocio tenga un especial carácter innovador y escalable. El carácter de empresa emergente deberá ser inscrito en el Registro Mercantil para que se apliquen los beneficios.
Pérdida de la condición de Empresa Emergente
Una empresa dejará de ser reconocida como startup cuando vulnere los límites antes mencionados (por llevar más de 5 años en activo o por empezar a distribuir dividendos, por ejemplo) o si:
– es adquirida por otra empresa no-startup;
– se extingue prematuramente;
– lleva a cabo una actividad que genere «un daño significativo al medio ambiente»;
– supera el valor de diez millones de euros en el volumen de negocio anual;- sus administradores o socios (con una participación del 5%, como mínimo, del capital social) son condenados por algún delito
Durante los tres primeros años “de vida” las startups podrán perder hasta la mitad de su patrimonio sin tener que disolver la sociedad siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso. (art. 13 L28/22)
Empresas con carácter Innovador
Los emprendedores que quieran acogerse a los beneficios y especialidades previstos deberán solicitar a ENISA, Empresa Nacional de Innovación SME S.A., que evalúe todas las características, además del carácter innovador de su modelo de negocio. La innovación propuesta podrá ser de producto o de negocio.
El procedimiento de evaluación se efectuará en un plazo no superior a tres meses y se contempla silencio administrativo positivo en el reconocimiento de la misma.
La innovación requerida debe ser capaz de “resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados”.
ENISA, o en su caso, el organismo público vinculado o dependiente de la Administración General del Estado en el que delegue el Gobierno esta función, podrá denegar la acreditación cuando el modelo de negocio presente dudas razonables de potenciales riesgos reputacionales, regulatorios, éticos o especulativos.
Beneficios fiscales
Tributación a un tipo del 15% en Sociedades
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de la entrada en vigor de la Ley de startups (para las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural será a partir del 1 de enero de 2023), se establece: o Un tipo impositivo del 15% (en lugar del 25% general) aplicable al primer período impositivo en que tengan base imponible positiva y en los tres siguientes, siempre que mantengan la condición de empresa emergente.
.Además, si mantienen la consideración de empresa emergente en los periodos siguientes, se les dispensará de realizar pago fraccionado a cuenta del impuesto de los dos períodos impositivos posteriores de los antes indicados en los que la base imponible fue positiva.
Aplazamiento de deudas tributarias.
La ley recoge que se podrá solicitar un aplazamiento sin garantías de la tributación en concepto de impuesto sobre sociedades en los dos primeros períodos impositivos en los que la base imponible sea positiva (12 meses para el primer período y 6 para el segundo), cumpliendo determinados requisitos.
Para disfrutar de este beneficio, será necesario que el solicitante se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en la fecha en que se efectúe la solicitud de aplazamiento y, además, que la autoliquidación se presente dentro del plazo establecido.
La ley de Startups también contempla que la Agencia Tributaria pueda comprobar si las empresas cumplen o si mantienen los requisitos que se necesitan para poder beneficiarse e incentivos fiscales.
Menos impuestos para los inversores
La iniciativa incrementa tanto la base máxima de deducción por invertir en estas empresas emergentes (de los 60.000 a los 100.000 euros al año) como el tipo de deducción (del 30% al 50%).
Asimismo, se eleva, con carácter general, de tres a cinco años el plazo para suscribir las acciones o participaciones, a contar desde la constitución de la entidad, y hasta siete para determinadas categorías de empresas emergentes. Además, para los socios fundadores se permite la aplicación de esta deducción con independencia de su porcentaje de participación en el capital social de la entidad.
Stock options
Las stock options son un mecanismo que posibilita incluir dentro de la remuneración de un empleado «opciones para adquirir acciones de la firma durante un periodo de tiempo» y «habitualmente a un precio inferior a mercado»
En un negocio que arranca, poder remunerar parte del sueldo mediante acciones de la propia empresa hace que el negocio gane liquidez y que el trabajador tenga un incentivo poderoso para aumentar su implicación en el proyecto. Pero si eso se traslada al IRPF del empleado y al final tiene que tributar con dinero algo que todavía no lo es puede no resultar atractivo. Hasta ahora existía una exención de 12.000 euros anuales, y con esta ley esa exención será de 50.000 euros. Además, a partir de ahora, solo se va a tributar cuando las vendan y no cada año que las conserven bajo su titularidad.
Nómadas digitales
Se trata de personas cuyos empleos les permiten trabajar en remoto y cambiar de residencia habitualmente. Con la irrupción de este nuevo protagonista se regula la posibilidad de que puedan residir y trabajar en España durante cinco años.
Así es, la Ley lo dice textualmente:
Aquellos extranjeros que soliciten entrar en España o que siendo titulares de una autorización de estancia o residencia o visado pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedor, sean provistos de una autorización de residencia para actividad empresarial, que tendrá validez en todo el territorio nacional y una vigencia de 3 años. Una vez cumplido dicho plazo, podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por dos años, pudiendo obtener la residencia permanente a los cinco años.
Además, se crea para ellos un régimen tributario especial en el Impuesto sobre la Renta de no residentes, pues se pasa de diez a cinco años el requisito de no residencia previa en nuestro país.
Igualmente, se instaura un nuevo tipo de ‘visado para el teletrabajo’ que permite a los teletrabajadores extranjeros entrar y vivir en nuestro país durante un máximo de un año. (DF Quinta 9 L28/22)
Los inversores y ‘freelance’ extranjeros que trabajen para startups españolas podrán acogerse al régimen de impatriados (siempre que el 40% de su facturación sea para estas empresas, tributarán el IRPF al 24%).
Además, para fomentar la inversión en startups se permite que las personas físicas sin nacionalidad española y sin residencia en territorio nacional, puedan solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria un número de identificación fiscal sin estar obligadas, a estos efectos, a obtener un número de identidad de extranjero. (art. 9.1 L28/22)
Beneficios laborales
Se elimina la obligación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante tres años, siempre que el emprendedor que ponga en marcha una startup ya esté a su vez contratado como asalariado por otra empresa. Es decir, que se encuentre en Régimen de Pluriactividad (cotizando en el RETA y en el Régimen General)
Por otro lado:
– Se equipara el acceso a los beneficios por profesional altamente cualificado para personas con estudios de formación profesional. (DF Quinta 5 L28/22)
– Se eliminan los requisitos a las empresas para contar con estos trabajadores.
– Se amplía un año más, hasta un total de dos, el permiso previsto para que estudiantes extranjeros de educación superior puedan encontrar empleo o iniciar un proyecto empresarial una vez concluyan sus estudios. (DF Cuarta L28/22)
Emprendimiento en serie
Se accede a que un autónomo que ha iniciado un proyecto y le haya ido mal, pueda volver a intentarlo ilimitadamente beneficiándose de las mismas ventajas.
Apostar por esta política continuada es importante porque a más proyectos emprendidos, mayor aprendizaje y, por tanto, mayor probabilidad de éxito: mientras que la primera vez la posibilidad de fracasar supera el 50%, este porcentaje se va reduciendo en las siguientes ocasiones, hasta hacerlo de forma exponencial a partir del cuarto proyecto, en el que la posibilidad de fracaso no llega al 8%.
Carried interest
La traducción literal de ‘carried interest’ en español es interés devengado, aunque en el mundo de la inversión se le conoce como participación en beneficios.
Las startups suelen empezar con un capital inicial reducido, y de aquí la importancia de inversores externos, ya que sin ellos la empresa no podría crecer. Así entran en juego los business angels y las entidades de Venture Capital.
El carried interest es una parte de las ganancias de un fondo privado o capital privado, que compensa una gestión bien realizada, ahora bien, el fondo debe rendir al nivel designado o por encima de lo esperado. Si no es el caso el carried interest se ve afectado.
Pues bien, hasta ahora, en España, estas cantidades tributaban como rendimientos del trabajo (sueldo) en lugar de como rendimiento del capital (dividendos) Esto hacía que la fiscalidad pudiera ser el doble en algunos casos. Con esta nueva ley seguirán siendo rendimientos del trabajo, pero exentos al 50%.
Nuevo Informe de transparencia fiscal.
La iniciativa obligará a toda empresa dominante de un grupo que supere los 750 millones de euros en ingresos anuales en cada uno de los últimos dos ejercicios a detallar, con información separada por cada Estado miembro en el que desarrolle su actividad, el importe de beneficios o de pérdidas antes de impuestos, o el importe de las reservas al final de cada ejercicio.• ¿Cuándo? Este informe de transparencia empezará a aplicarse en los ejercicios económicos que se inicien a partir del 22 de junio de 2024.
– ¿Dónde se publicará? Dicho documento deberá publicarse en el plazo de seis meses a partir de la fecha de cierre del ejercicio y depositarse en el Registro Mercantil, junto con los documentos que integren las cuentas anuales. Además, las empresas tendrán que hacerlo público en su página web en un plazo máximo de seis meses y su acceso deberá ser gratuito durante cinco años consecutivos como mínimo.
Emprendimiento rural
Se potencia el emprendimiento rural, poniendo en marcha proyectos piloto en entornos rurales y alineando las iniciativas previstas en la Ley con el Territorio Rural Inteligente, un proyecto que prevé la incorporación de las nuevas tecnologías en ámbitos como la agricultura, la ganadería, el urbanismo o el medioambiente de los pueblos.
Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial. (DA Séptima L28/22)
La nueva regulación contempla la creación de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, como organismo público con personalidad jurídica pública, patrimonio propio, plena capacidad de obrar y potestades administrativa, inspectora y sancionadora.
Desarrollos legislativos futuros
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley, esto es, antes del 24 de marzo de 2023:
– El Gobierno aprobará por Real Dcreto diferentes modelos de estatutos tipo, que se incorporarán a las escrituras públicas de constitución, adaptados ambos a las necesidades de las empresas emergentes.
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, esto es, antes del 24 de junio de 2023:
– El Consejo de Ministros aprobará un real decreto que regule el funcionamiento del Foro Nacional de Empresas Emergentes.